Desde el pasado 18 de agosto de 2024, Europa cuenta con una nueva herramienta jurídica fundamental: el Reglamento (UE) 2024/1991, conocido como la Ley de Restauración de la Naturaleza. A diferencia de otras normas, este es un reglamento de aplicación directa, lo que significa que sus obligaciones ya son vinculantes para España y, por extensión, afectan directamente a la gestión de municipios como el de Colmenar Viejo.
Para una asociación como ANAPRI, centrada en la biodiversidad local, es vital entender qué exige esta ley tanto en nuestras calles como en nuestros campos.
1. En el casco urbano: Prohibido perder zonas verdes
El Artículo 8 del Reglamento se centra en los ecosistemas urbanos y establece mandatos muy claros para los ayuntamientos:
- Meta 2030 (No pérdida neta): Para finales de 2030, Colmenar Viejo debe garantizar que no haya una pérdida neta de espacio verde urbano ni de cobertura arbórea en comparación con los datos de 2024. Es decir, cualquier parque o arbolado que se elimine por obras o urbanismo debe ser compensado para mantener el inventario total del municipio.
- A partir de 2031 (Tendencia creciente): La obligación se vuelve más ambiciosa. El municipio deberá mostrar una tendencia creciente en sus zonas verdes y masa forestal urbana hasta alcanzar "niveles satisfactorios" que se definirán en el Plan Nacional.
- Vigilancia por satélite: El cumplimiento no será subjetivo. Se medirá mediante el Servicio de Vigilancia Terrestre de Copernicus, utilizando datos de alta resolución (píxeles de 10x10 metros) para verificar que el dosel arbóreo y las áreas verdes realmente aumentan.
2. En nuestro entorno natural: Dehesas, ríos y pastizales
Colmenar Viejo posee un patrimonio natural no urbano excepcional (como sus dehesas y la cuenca del Manzanares). Aquí, las obligaciones son igualmente estrictas bajo el Artículo 4:
- Restauración de hábitats: España debe poner en marcha medidas para restaurar al menos el 30% de los hábitats en mal estado para 2030 (llegando al 90% en 2050). Esto incluye humedales, pastizales y bosques que forman parte de nuestro término municipal.
- Principio de no deterioro: Existe la obligación de evitar que los hábitats que ya están en "buena condición" se degraden. Esto es clave para proteger nuestras zonas de pastoreo tradicional y corredores ecológicos de proyectos que fragmenten el territorio.
- Conectividad de ríos: La ley exige eliminar barreras artificiales para recuperar 25.000 km de ríos de flujo libre en Europa para 2030, algo que afecta directamente a la gestión de nuestros arroyos y cauces.
3. El calendario y la participación de ANAPRI
España está elaborando actualmente su Plan Nacional de Restauración (PNR), que debe presentarse a la Comisión Europea antes del 1 de septiembre de 2026.
¿Qué podemos hacer nosotros? La ley obliga a los Estados a garantizar que el proceso de elaboración del Plan sea abierto, transparente e inclusivo. Como asociación local, tenemos el derecho y la oportunidad de:
- Vigilar el inventario: Asegurarnos de que el Ayuntamiento toma 2024 como año base real para no perder ni un metro cuadrado de zona verde.
- Aportar datos: El Reglamento permite usar "datos complementarios" de ámbito local si son más precisos que los satélites europeos. Nuestras observaciones de campo sobre aves, polinizadores y estado de hábitats pueden ser cruciales.
- Exigir ambición: La restauración no es solo "plantar árboles"; en nuestras zonas esteparias y dehesas, significa recuperar la funcionalidad del ecosistema, a veces mediante el aclarado de matorral o la mejora de la conectividad.
La Ley de Restauración de la Naturaleza ya no es un proyecto de futuro, es una obligación legal inmediata. Desde ANAPRI seguiremos de cerca cómo nuestro Ayuntamiento cumple con estos hitos para asegurar que Colmenar Viejo no desaparezca como un referente de biodiversidad.


No hay comentarios:
Publicar un comentario